Skip to content

Uso de Piscinas

Fernanda Ramírez, jefa operaciones Acodef

“El problema más grande es cuando los usuarios de las piscinas no respetan las normas”

Las piscinas en los edificios son entretención para vecinos e invitados, pero también muchas veces conllevan a un verano de conflictos. “Para evitar problemas con estos espacios es conveniente conocer la normativa que regula su uso; así como la legalidad que rige los derechos y obligaciones de las comunidades de propietarios. Las piscinas, a pesar de encontrarse en un recinto privado, son consideradas como públicas de uso restringido”, explica Fernanda Ramírez

La ejecutiva dice que están regidas por el Decreto Supremo (DS) 209 del año 2002, que aprobó el Reglamento de Piscinas de Uso Público. 

El Conflicto

___Uno de los conflictos más comunes que se dan en estas áreas es acerca de las visitas de los habitantes de los condominios. ¿Cómo se maneja este tema?

___ Las reglas varían en cada comunidad. En muchos casos estas visitas están autorizadas solo algunos días de la semana, y generalmente depende del tamaño de la piscina. Lo habitual son dos invitados por departamento.  Los fines de semana y festivos están reservadas para el uso exclusivo de residentes. Otros dilemas que se dan es la utilización de las piscinas por el personal de los condominios, los horarios de cierre, la apertura  y el ingreso de mascotas a estas áreas. Sin embargo, el problema más grande se presenta cuando los usuarios de las piscinas no respetan las normas, hacen ruidos molestos o maniobras arriesgadas en el agua. Esto se da también con el consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos o drogas. Por eso lo importante que el Comité de Administración redacte un  Reglamento para el uso de la piscina con normas claras que deben ser respetadas por todos o se arriesga a una multa. Este Reglamento debe actualizarse anualmente antes de la temporada de piscina dado que no todos los años son iguales y las circunstancias cambian, como fue el caso de los aforos durante la pandemia.

___¿Qué debe regular este Reglamento?

__  En él se debe estipular claramente la forma cómo se usará el recinto. Además, se debe contar con un libro de registro utilizado por personal capacitado o el piscinero a cargo de la mantención donde se deben anotar las observaciones respecto a la calidad del agua. ( PH, cloro, etc.) Este Reglamento deberá ser inscrito en la Seremi de Salud cada temporada.

__ ¿Estas piscinas están eximidas de la obligación de contar con personal salvavidas o de primeros auxilios?

__Así, es, no obstante, esto debe estar notificado claramente por medio de carteles visibles en accesos y espacios de tránsito de los bañistas de cada condominio. Asimismo, debe indicarse que el recinto no cuenta con este tipo de personal y es responsabilidad de los padres o cuidadores la utilización del recinto piscina por menores. Además, todo recinto debe contar con cerca o reja perimetral, duchas (cortina de agua), franja reservada para la circulación de bañistas y escaleras a ambos lados de la parte más profunda de la pileta. Ni la administración ni el comité serán responsables de accidentes que pudiesen ocurrir si no se toman los resguardos correspondientes ante las advertencias.